Cese del gobierno
Posted: sábado 12 de junio de 2010 by Javier García de Tiedra González in Etiquetas: Ordenamiento jurídico españolEl cese del gobierno se produce en tres circunstancias: tras la celebración de elecciones generales, por dimisión del presidente del gobierno y por perder la confianza parlamentaria. La celebración de elecciones supone la pérdida de representatividad del Parlamento, hasta que se dé a conocer la nueva voluntad popular. Las elecciones se pueden celebrar por expiración del mandato parlamentario o bien por disolución anticipada de las cámaras.
A su vez, la dimisión del presidente del gobierno implica necesariamente el cese del gobierno dirigido por él. Finalmente, la pérdida de la confianza parlamentaria conlleva normalmente la dimisión del gobierno, aunque en algunas ocasiones éste puede seguir gobernando en minoría, cuando por razones de Estado no es aconsejable crear un vacío de poder o anticipar la disolución de las cámaras.
