El gobierno

Posted: miércoles 9 de junio de 2010 by Javier García de Tiedra González in Etiquetas:
0

En su acepción más estricta, el término gobierno designa el poder ejecutivo, es decir, el órgano colegiado del Estado encargado de determinar, impulsar y dirigir la ejecución de la política general. La Constitución española establece que el gobierno es un órgano colegiado, integrado por el presidente, el vicepresidente o los vicepresidentes, los ministros y demás miembros que establezca la ley. Los miembros del gobierno pueden ser asimismo miembros del Parlamento, aunque su cargo es incompatible con el ejercicio de cualquier actividad profesional. Nuestra Constitución atribuye al gobierno la dirección de la política interior y exterior, la administración civil y militar, la defensa del Estado, así como la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.

Su principal función política es pues determinar y dirigir la política general del Estado. Por determinar debemos entender definir los objetivos o fines políticos que ha de llevar a cabo en un período determinado de tiempo; dirigir significa llevar a cabo los actos de gobierno pertinentes para asegurar el cumplimiento de los fines propuestos.

Además de ser el máximo órgano del poder ejecutivo, el gobierno también desempeña funciones legislativas mediante distintos cauces como son la presentación de un proyecto de ley o la utilización de la legislación delegada, que tiene lugar en aquellos casos en los que el poder legislativo faculta al ejecutivo para que legisle.
Además, tal como se ha indicado, el gobierno detenta la postestad reglamentaria y puede emitir decretos leyes y decretos legislativos sobre determinadas materias.

Te animo a registrarte y a empezar a ganar dinero

0 comentarios:

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.