La Constitución española
Posted: lunes 31 de mayo de 2010 by Javier García de Tiedra González in Etiquetas: Ordenamiento jurídico españolLa palabra constitución ha tenido diversos significados según el momento histórico en el que ha sido utilizada. Así, en la antigua Roma designaba cada una de las instituciones de la república o durante el Renacimiento fue empleada por algunos autores como Maquiavelo para referirse al régimen político establecido. En la actualidad, el término constitución alude al documento escrito que contiene la ley fundamental de un Estado.
La Constitución española de 1978 supuso la plasmación de una fractura ideológica y política respecto al régimen anterior y su acatamiento por los distintos sectores políticos se convirtió en la piedra angular de la convivencia política en nuestro país.
La finalidad de la norma constitucional es racionalizar y regular el poder en mano de los gobernantes mediante el establecimiento de una serie de principios esenciales para la vida del país, como el sistema nervioso es esencial para regular el funcionamiento del organismo.
En su primer artículo, la Constitución establece que España se constituye en un "Estado de derecho", por lo que las administraciones públicas actuarán con sometimiento pleno a la ley y al derecho. A tenor del mismo artículo, España es un "Estado social", lo que implica que las administraciones realizarán un papel intervencionista a favor del bienestar de la colectividad y se dedicarán a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo sean reales y efectivas. En tercer lugar, España se constituye en un "Estado democrático" que reconoce el pluralismo político como uno de sus valores superiores. Finalmente , España reconoce el "derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones", a la vez que establece la solidaridad entre todas ellas.
La Constitución no es una simple declaración de intenciones, por lo menos desde el punto de vista jurídico. Es la norma suprema de todo el ordenamiento jurídico. De ello se derivan importantes consecuencias jurídicas: su aprobación conlleva la derogación de todas las normas anteriores que se le opongan y, además, todos los poderes públicos están obligados a acatarla.
La situación de supremacía de la Constitución respecto al resto del ordenamiento jurídico se garantiza mediante dos mecanismos. El primero de ellos es el establecimiento del recurso de inconstitucionalidad contra las leyes y disposiciones normativs con fuerza de ley que contradigan lo dispuesto en una norma constitucional. El segundo consiste en la imposición de un procedimiento muy complejo para la reforma constitucional.


